En España se han estado debatiendo y desarrollando varias reformas laborales relacionadas con compensación por permiso parental, contratos formativos, regulación de prácticas, grabación digital de jornada e indemnizaciones por despido. Estos cambios, detallados en legislación próxima y pronunciamientos judiciales, buscan modernizar las protecciones del trabajador y aclarar las obligaciones del empleador. Un análisis integral que resume estos ajustes anticipados fue publicado el 29 de diciembre de 2025 [1].
Estos cambios reflejan un esfuerzo más amplio por adaptar el marco laboral español a necesidades sociales cambiantes y directivas europeas. En particular, las reformas abordan debates persistentes sobre las implicaciones financieras del permiso parental ampliado, la naturaleza precisa de los acuerdos de formación y prácticas, y la necesidad de herramientas digitales más claras para la regulación del trabajo.
Debate continuo sobre el pago del permiso parental
El debate continúa respecto a la remuneración de las ocho semanas adicionales de permiso parental introducidas previamente. La legislación actual se basa en una interpretación amplia de una directiva de la Unión Europea que exige compensación por «ausencia del trabajo por razones familiares y cualquier compensación económica vinculada a esta ausencia» [2].
Algunas interpretaciones han tratado las ocho semanas de permiso parental del artículo 48.bis del Estatuto de los Trabajadores como no remuneradas, aunque este punto permanece controvertido. A pesar de esto, varios tribunales han comenzado a emitir sentencias reconociendo el derecho de los trabajadores a compensación económica por este permiso, aplicando directamente las disposiciones de la UE. Será necesaria una aclaración definitiva de las instituciones europeas para determinar si la política actual de no remunerar específicamente este permiso viola los compromisos establecidos en la Directiva de la UE de 2019.
Reformas de contratos formativos y de alternancia
Ajustes significativos a la regulación de contratos formativos y de alternancia se han desarrollado en el marco normativo. El 27 de noviembre de 2025, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el Real Decreto 389/2025, que desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos para formación y alternancia y para la obtención de práctica profesional [3]. Este decreto introduce límites conjuntos sobre el número máximo de contratos formativos que puede ofertar una empresa.
Además, el decreto fortalece los requisitos existentes para contratos formativos, enfatizando que la formación debe estar directamente relacionada con las funciones del puesto. Estas modificaciones entraron en vigor el 27 de diciembre de 2025 [3].
Marco legal propuesto para prácticas
Una propuesta de «Estatuto del becario» para regular las prácticas no laborales dentro de empresas ha sido discutida en el parlamento, aunque su aprobación final permanece pendiente. El objetivo principal de este estatuto es distinguir claramente entre actividades puramente educativas y empleo genuino.
También busca definir con precisión el estatus legal de estos individuos durante sus períodos de práctica, con el propósito explícito de erradicar la práctica de «falsos becarios» y establecer un conjunto integral de garantías y derechos para este colectivo.
Propuestas de registro digital obligatorio de jornada
Propuestas para requerir registro digital de las horas de trabajo han estado bajo consideración, suscitando preocupaciones en los empleadores sobre su implementación. El borrador de Real Decreto, aún en proceso legislativo, incluye cambios sustanciales. Estos comprenden la obligación de formato digital, el requisito de verificar que los registros pertenecen a cada trabajador individual, y conexión directa con la Inspección de Trabajo.
El sistema necesitaría el registro preciso de las horas de inicio y fin (hora y minuto) de la jornada laboral. También debe detallar períodos de descanso que no se consideren tiempo de trabajo efectivo, como descansos para café o fumar, y distinguir entre horas ordinarias, extraordinarias y complementarias.
Jurisprudencia sobre indemnizaciones por despido
En un desarrollo jurisprudencial significativo, el Tribunal Supremo ha emitido sentencias que limitan la capacidad de los jueces para aprobar indemnizaciones por despido que excedan los montos estipulados por el Estatuto de los Trabajadores. Esta resolución restringe el poder judicial de otorgar compensación superior a través de decisiones individuales, aumentando así la certeza legal para las empresas. Los negocios ahora podrán anticipar mejor los costes potenciales asociados con la terminación de relaciones laborales. Este desarrollo fue resaltado en un análisis de Wolters Kluwer el 29 de diciembre de 2025 [1].
Fuentes
- https://www.wolterskluwer.com/es-es/expert-insights/novedades-laborales-2026
- https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-18986
