Costa Rica avanzó hacia la protección formal de trabajadores en la economía de plataformas cuando la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa aprobó el 27 de octubre un proyecto que reconoce explícitamente a los repartidores como empleados con derecho a prestaciones completas, según informó la diputada Sofía Guillén, autora de la iniciativa por el Frente Amplio.

Apenas seis semanas después de entrar en debate en comisión, el Expediente 24.500 —titulado formalmente «Ley para garantizar los derechos laborales de las personas prestadoras de servicios de reparto mediante plataformas digitales»— avanzó por votación de 6 votos contra 3. El proyecto ahora se dirige al plenario, donde los diputados decidirán si Costa Rica se convierte en uno de los primeros países latinoamericanos en codificar derechos laborales para mensajeros de plataformas digitales.

La decisión de la comisión se centra en una enmienda de una sola oración al artículo 18 del Código de Trabajo. Si se promulga, el texto ampliará la definición de contrato individual de trabajo para incluir «personas que prestan servicios de reparto o distribución de productos de consumo o mercancías a través de plataformas digitales donde la plataforma ejerce funciones de organización, gerencia o control —de manera directa, indirecta o implícita— sobre la gestión del servicio y las condiciones de trabajo». Los partidarios sostienen que esta redacción cierra la zona legal gris que permite a las empresas de entrega de alimentos tratar a los repartidores como contratistas independientes.

Guillén celebró la votación como «un hito para miles de trabajadores que pedalean y conducen por todo el país sin seguro ni permisos pagados». Su propuesta obliga a las plataformas a inscribir a los repartidores en la Caja Costarricense de Seguro Social, garantizar salarios mínimos, pagar horas extras y proporcionar la misma cobertura de riesgos ocupacionales que disfrutan los empleados en sectores más tradicionales.

Aunque el texto es conciso, sus implicaciones son amplias. Al afirmar que existe una relación subordinada cuando una plataforma dicta rutas, precios o sanciones a un repartidor, el proyecto inclinaría el equilibrio legal hacia el estatus de empleado. Las empresas que dependen de modelos laborales flexibles deberían contribuir a fondos de seguridad social y cumplir con procedimientos de despido.

Antes del primer debate plenario, los diputados aún podrían proponer ajustes técnicos conforme al artículo 137 del reglamento de la Asamblea, pero el impulso político parece fuerte. El Frente Amplio, el Partido Progresista Social Demócrata, el Partido Liberación Nacional Progresista y varios diputados independientes han señalado su apoyo, lo que sugiere que la iniciativa podría asegurar la mayoría simple que necesita.

La presidenta de la comisión, Monserrat Bustamante, caracterizó la votación como respuesta a las realidades económicas cambiantes. «Nuestro Código de Trabajo data de 1943; debemos adaptarlo a algoritmos y teléfonos inteligentes», señaló durante los debates. Los legisladores conservadores, sin embargo, advirtieron que imponer obligaciones rígidas a las plataformas podría reducir la cantidad de trabajos disponibles, argumentando a favor de un estatus híbrido o esquemas de seguro voluntario.

Los defensores de la economía digital también pidieron cautela. Representantes de las principales aplicaciones de entrega presentaron escritos argumentando que los repartidores valoran la flexibilidad y que clasificarlos como empleados podría obligar a las plataformas a introducir sistemas de turnos o cuotas de servicio. Guillén replicó que libertad y protección no son mutuamente excluyentes: «Nadie pierde autonomía por tener seguro de salud».

El debate ocurre mientras el trabajo en plataformas recibe escrutinio mundial. La «Ley de Repartidores» de España, aprobada en 2021, estableció una presunción de empleo para mensajeros de plataformas, mientras que la Proposición 22 de California creó una excepción. En América Latina, Chile aprobó recientemente un régimen mixto que garantiza ingresos mínimos sin estatus de empleado pleno. El proyecto costarricense, por el contrario, se alinea más estrechamente con el modelo español.

Si la Asamblea aprueba el Expediente 24.500 sin cambios, la aplicación correspondería al Ministerio de Trabajo y al Instituto Nacional de Seguros. Los funcionarios tendrían autoridad para evaluar si los controles algorítmicos —como calificaciones de desempeño, suspensiones automáticas o aceptación obligatoria de rutas— constituyen directrices del empleador. Las empresas que incumplan podrían enfrentar multas de hasta 30 salarios base por infracción.

El gobierno no mantiene un registro oficial de mensajeros de plataformas, pero las estimaciones del sector oscilan entre 5.000 y 8.000 en todo el país, concentrados en San José, Heredia y Alajuela. La mayoría gana una tarifa por entrega que fluctúa según la demanda y distancia; ellos cubren el mantenimiento de vehículos, combustible y contribuciones a seguridad social. Durante la pandemia de COVID-19, los servicios de entrega crecieron, y muchos trabajadores que perdieron empleos formales recurrieron a las aplicaciones como fuente de ingresos—un cambio que reveló las vulnerabilidades que el proyecto ahora busca remediar.

Una de ellas es la experiencia de Carlos Mora, de 28 años, quien comenzó a repartir para una plataforma de entrega de comestibles en 2020. «Gano alrededor de 60.000 colones a la semana, pero si me enfermo no hay pago por enfermedad», declaró ante los diputados en una audiencia pública. «Cuando me robaron la bicicleta, trabajé dos semanas a pie porque la aplicación dice que el robo es mi responsabilidad». El testimonio de Mora resonó con docenas de escritos presentados a la comisión.

La aprobación en la Comisión de Asuntos Económicos es solo el primer obstáculo. La Asamblea completa debe celebrar dos debates, y el presidente Rodrigo Chaves puede firmar el proyecto o vetarlo. Guillén expresó confianza en que, si se promulga, la reforma resistiría desafíos legales: «La Corte Suprema de Justicia ha interpretado consistentemente la ley laboral a favor del trabajador cuando se comprueba la dependencia».

Mientras tanto, las plataformas cabildean por autorregulación. Un portavoz de una operadora multinacional dijo que la empresa está «dispuesta a explorar mecanismos contributivos», pero argumentó que la definición de control del proyecto es demasiado amplia. Los expertos en derecho laboral discrepan, señalando que el artículo 18 tradicionalmente se basa en tres elementos: subordinación, remuneración y continuidad. La enmienda simplemente aclara que la supervisión algorítmica cuenta como subordinación.

Las asociaciones empresariales han advertido sobre posibles aumentos en precios al consumidor. Sin embargo, un estudio de impacto encargado por la Universidad de Costa Rica el año pasado concluyó que incorporar costos de seguridad social agregaría aproximadamente 6 por ciento a las tarifas de entrega—menos que los aumentos nocturnos de demanda que muchos clientes ya absorben.

También hay implicaciones regionales más amplias. La Organización Internacional del Trabajo enumera a Costa Rica entre nueve naciones latinoamericanas que preparan actualizaciones legislativas para trabajadores de plataformas. Una aprobación exitosa podría influir en estados centroamericanos vecinos que comparten códigos laborales similares.

Conforme el proyecto avanza hacia el plenario, los diputados también deben considerar la oportunidad. Costa Rica celebrará elecciones municipales a principios del próximo año, y los partidos desean mostrar logros. Los observadores esperan que el debate en el plenario comience en noviembre, dejando espacio para una votación final antes del receso de fin de año.

Aunque el calendario legislativo se estrecha, Guillén sostiene que el costo humano de la demora es mayor: «Cada día que un repartidor se accidenta sin cobertura de salud, todos pagamos el precio—ya sea a través de hospitales públicos o caridad privada». Los datos del Consejo de Seguridad Vial indican que los accidentes en motocicleta con cajas de reparto aumentaron 38 por ciento entre 2019 y 2023.

Algunos diputados han presentado enmiendas transaccionales, como contribuciones del empleador escalonadas o exenciones para plataformas por debajo de cierto umbral de ingresos. Guillén sostiene que una norma clara y universal es más simple de aplicar. «Los criterios complejos invitan a la evasión», comentó a reporteros.

Análisis y perspectivas

La aprobación en la comisión señala un creciente consenso de que la regulación del trabajo en plataformas ya no puede postergarse. Si el plenario sostiene el texto, Costa Rica efectivamente importará una presunción europea de empleo en una región donde la mayoría de países aún tratan el trabajo en plataformas como autoempleo. El cambio podría aumentar ingresos estatales mediante impuestos sobre nómina mientras reduce gastos de salud pública por lesiones de personas sin seguro.

Para las plataformas de entrega, el desafío inmediato será recalibrar modelos de negocio—posiblemente localizando más operaciones, ajustando algoritmos para cumplir con límites de horas de trabajo y renegociando tarifas de servicio. Para los trabajadores, la promesa es tangible: acceso al sistema nacional de salud, aportaciones a pensiones y recurso legal contra desactivaciones arbitrarias.

Si esos beneficios se materializan depende de la implementación. Recursos de inspección robustos, jurisprudencia clara y diálogo genuino entre empresas y sindicatos determinarán si la ley se convierte en un referente regional o en otra reforma de papel. Pero la corriente legislativa es inequívoca: la era del trabajo algorítmico sin red de seguridad se cierra rápidamente en Costa Rica.

Fuentes

  • https://dplnews.com/costa-rica-diputados-avalan-plan-que-reconoce-derechos-laborales-a-repartidores-de-plataformas-digitales/